Para proteger la intimidad

 

 

(Pautas tomadas de las recomendaciones de la Guía de Confidencialidad en Servicios Sociales. Promotora del Comité de Etica en Servicios Sociales del Principado de Asturias, 2013)

 

 

a) Crear una mayor cultura sobre la protección de la intimidad y la confidencialidad

 

 

Algunas pautas

 

  • Formar a los profesionales en ética y específicamente en aspectos éticos y obligaciones legales en intimidad y confidencialidad.

 

  • Diseñar y aplicar protocolos de protección de la intimidad y la confidencialidad en el centro.

 

  • Practicar chequeos de las prácticas asistenciales cotidianas en relación a cómo en el día a día se protege en el centro la intimidad.

 

  • Informar y recordar las obligaciones que en esta materia tenemos los profesionales.

 

 

b) Garantizar el máximo respeto y dar un trato cálido en los asuntos más íntimos

 

 

Algunas pautas

 

En las atenciones corporales (aseo, vestido, de acompañar al baño).

 

  • Mantener una actitud que trasmita respeto y delicadeza

 

  • Cerrar la puerta del baño o de la habitación mientras se realiza la asistencia.

 

  • Estar presentes solo las personas necesarias para prestar la ayuda

 

  • Disponer y facilitar medios que minimicen sentimientos pudor y vergüenza (toallas, sabanitas, mamparas, albornoces…).

 

  • Evitar, si para la persona es importante, que el aseo lo hagan profesionales de diferente sexo al suyo.

 

  • Dirigirle la palabra, con respeto y calidez a la persona, mientras se le asea.

 

  • Procurar respetar las preferencias en relación al modo de ser aseado y su participación en la medida de sus capacidades.

 


Ante la sexualidad y afectos

 

  • Respetar la expresión sexual de las personas, entendiéndolas como algo natural al ser humano con independencia de su edad.

 

  • No enjuiciar la orientación sexual de las personas

 

  • Evitar bromas y comentarios irónicos que puedan ridiculizar las expresiones o sentimientos de las personas.

 

  • Ante conductas sexuales en público o conductas desinhibidas, reconducirlas hacia lugares privados.


 

 

c) Proteger la confidencialidad en el manejo de la información personal

 

 

Algunas pautas

 

Informar y respetar sus derechos como titular de la información

 

  • Derecho a recibir información y a que le sea transmitida de un modo comprensible.

 

  • Derecho a acceder a su información

 

  • Derecho a ser informado y otorgar consentimiento, cuando sea necesario, para el acceso de los profesionales a su información personal (o, en su caso, de su representante).

 

  • Derecho a ser informado y otorgar consentimiento para transmitir información personal a terceros (o, en su caso, de su representante).

 

  • Derecho a la confidencialidad de su información personal y la obligación de los profesionales de sigilo y secreto.

 

  • Derecho a la intimidad

 

  • Derecho a la protección del honor

 

Informar y pedir consentimiento a la persona para acceder a su información personal

 

  • Definir por parte del centro una propuesta de recogida de información que se considere adecuada para una correcta atención. Delimitar, a su vez, qué información dentro de esta propuesta es indispensable, y por tanto obligatoria.

 

  • Informar a la persona de forma comprensible de qué información personal es necesaria, qué profesionales forman parte del círculo de confidencialidad, a qué informaciones acceden y con qué finalidad, dónde se registra y cómo se custodia. Informar de ello antes de aceptar el ingreso en el centro explicando que la atención en el centro conlleva la autorización al acceso de información de ciertos profesionales a esta información.

 

  • Cuando sea necesario trasladar información fuera del círculo de confidencialidad definido, informar y solicitar la conformidad de la persona (salvo en las excepciones que esté justificado saltarse la confidencialidad como cuando no revelar la información produce daño a la persona o a terceros, supone un perjuicio para la salud pública o la petición de información sea un requerimiento legal). También cuando alguna información personal pretenda ser utilizada para otros fines distintos a la asistencia acordada (difusión en medios de comunicación, docencia, investigación, trámites administrativos de diversa índole…).


Definir los círculos de confidencialidad

 

Adaptando la propuesta de Appelbaum y Gutheil, a los centros de atención a personas mayores en el círculo de confidencialidad podrían estarían incluidos inicialmente:


  • La persona usuaria
  • El profesional de referencia
  • Los gerocultores (si se garantiza una permanencia con cierta estabilidad)
  • El equipo técnico
  • El responsable del centro
  •  

    Si se opta por trabajar desde grupos de apoyo y consenso o metodologías que incluyan en el plan de atención a otras personas, también los integrantes fijos de este grupo (un familiar, un amigo o voluntario que la persona haya aceptado).

     


    Reconocer las excepciones a la confidencialidad y actuar desde la buena praxis

     

  • Valorar en cada caso si está justificado saltarse la confidencialidad. Los casos que se reconocen como excepciones y por tanto no infringen el deber de secreto:

  • 1. Cuando existe o se aprecia un daño para la propia persona usuaria en caso de no informar a terceros.


    2. Cuando está en riesgo la integridad o salud de terceros y se requiere revelar cierta información para protegerlos.


    3. Cuando el profesional es requerido en un proceso judicial como perito o testigo.


    4. Cuando no transmitir cierta información puede afectar al bien público

     

  • Argumentar con la persona, siempre que sea competente para ello, la conveniencia de que esa información sea conocida por otros y tratar de lograr su consentimiento.

 

  • En caso de tener que revelar la información privada sin consentimiento de la persona afectada:a) Comunicarle nuestra decisión explicándole los motivos que nos han llevado a ello, así como informar sobre qué contenidos se van a relatar y a quién se van a trasladar y b) Ajustar la información revelada al fin perseguido evitando dar información que no sea necesaria.

 

    Realizar anotaciones escritas desde criterios de calidad

     

  • Pensar y tener claro para qué se necesita esa información y a quién va dirigida. Responder a estas cuestiones nos ayudará a redactarla de forma comprensible y también a evitar informaciones excesivas.

 

  • Respetar la dignidad y el honor de las personas. No podemos utilizar etiquetas estigmatizadoras de las personas ni escribir comentarios informales.

 

  • Supervisar el contenido de las anotaciones que se recogen en los partes de incidencias o soportes similares. No podemos permitir anotaciones que contengan descalificaciones, apreciaciones no fundadas o etiquetas sobre las personas.

 

  • Realizar anotaciones lo más objetivas posibles y evitar referirse a los aspectos íntimos de las personas.

 

  • Seguir el criterio de anotar solo aquello que seamos capaces de enseñar a la propia persona usuaria o familia.

 

  • Recordar que el exceso de información va siempre en contra de la confidencialidad y la calidad.

Se permite reproducir y utilizar estos contenidos siempre que se realice la correspondiente citación de la autoría (Teresa Martínez, 2013. En: www.acpgerontologia.com).

 

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